Modificación del reparto de gastos en la comunidad de propietarios
Modificación del reparto de gastos en la comunidad de propietarios
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece en su artículo 9.1.e que los propietarios tienen la obligación de contribuir a los gastos generales para el mantenimiento del inmueble, de acuerdo con la cuota de participación asignada en el título o en los estatutos. Sin embargo, permite que se adopten otros criterios para el reparto de estos gastos, como su distribución a partes iguales o la exclusión de ciertos propietarios, por ejemplo, los locales comerciales.
En caso de que se quiera cambiar el sistema de reparto de gastos, la comunidad debe incluir este punto en el orden del día de la junta. La doctrina sobre este tema está dividida, ya que algunos expertos consideran que modificar el reparto de gastos supone cambiar el título constitutivo, lo que requeriría unanimidad de los propietarios, mientras que otros lo ven como un acto de simple administración, que requeriría solo mayoría simple.
Si el acuerdo modifica formalmente el título o estatutos, o se inscribe en el Registro de la Propiedad, la vuelta al sistema original también necesitaría unanimidad. Sin embargo, si el acuerdo se ha venido renovando año tras año sin estas formalidades, podría ser suficiente una mayoría simple para volver al sistema de reparto anterior.
El Tribunal Supremo ha emitido sentencias que avalan esta última interpretación, como la del 22 de mayo de 2008, que afirma que solo la modificación de la cuota de participación establecida en el título requiere unanimidad, mientras que el establecimiento de nuevas cuotas acordadas por la junta puede modificarse con mayoría simple. Este criterio también se refleja en una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2006, que indica que cualquier modificación del título requiere los mismos requisitos que su constitución.
En resumen, las modificaciones en el reparto de los gastos dependerán del tipo de acuerdo alcanzado y si implica o no cambios en el título constitutivo de la propiedad.